La multa que podría enfrentar Natanael Cano tras cantar “Cuerno Azulado” en Flow Fest 2025

El cantante complació a sus fans durante su presentación en el festival yendo posiblemente en contra de las leyes mexicanas. Te decimos las consecuencias

Natanael Cano interpreta un corrido tumbado prohibido en diverso estados durante el Flow Fest 2025. Foto: Hugo Salvador / EL UNIVERSAL

Natanael Cano interpreta un corrido tumbado prohibido en diverso estados durante el Flow Fest 2025. Foto: Hugo Salvador

Durante su aparición en el Flow FestNatanael Cano interpretó “Cuerno azulado”, el corrido que le ha merecido la censura en diferentes estados de la República debido al posible impulso de la apología del delito. Sin embargo, en la CDMX el hecho de cantar este tema no amerita ninguna sanción.

El que para muchos es el pionero del tumbado ya ha sido acreedor a elevadas sanciones a lo largo de su carrera precisamente por interpretar “Cuerno azulado”, como la multa que osciló en alrededor de un millón de pesos y que tuvo que pagar en Chihuahua en 2024.

Pese a ello, “Nata”, el mote que le ha dado su fandom, no teme a las sanciones de los gobiernos locales. Lo demostró al presentarse en la capital durante el Flow Fest 2025, donde, después de varios coros de sus seguidores pidiéndole el tema, cedió y lo interpretó.

Porque aquí nos vale verga la vida y arriba los corridos mi compa”, dijo luego de cantar el tema junto a Gabito Ballesteros en el Autódromo Hermanos Rodríguez, recibiendo la ovación de los asistentes.

¿Natanael puede ser multado por cantar “Cuerno Azulado” en el Flow Fest 2025?

Natanael Cano no puede ser multado con dinero por cantar “Cuerno Azulado” en el Flow Fest 2025, pues en la Ciudad de México no existe una prohibición como tal a este tipo de canciones. Sin embargo, sí podría enfrentar otro tipo de consecuencias.

De acuerdo con el artículo 208 del Código Penal Federal, que aplica en toda la República, quienes hagan apología del delito pueden ser sancionados con 10 a 180 días de trabajo comunitario. Así lo explica la abogada Valeria Hernández:

«Con relación a la actuación del artista Natanael Cano podría analizarse bajo el artículo 208 del código penal federal, el cual establece que sanciones para quien provoque públicamente la comisión de delitos».

Este artículo es aplicable en todo el territorio mexicano por su carácter federal, por lo que puede acarrear consecuencias aun si un estado no cuenta con una ley propia en contra de estos actos.

“Al que provoque públicamente a cometer un delito, o haga la apología de éste o de algún vicio, se le aplicarán de diez a ciento ochenta jornadas de trabajo en favor de la comunidad, si el delito no se ejecuta; en caso contrario se aplicará al provocador la sanción que le corresponda por su participación en el delito cometido”, señala la legislación.

Hasta el momento, esta ley no se ha aplicado en contra de Natanael Cano en presentaciones anteriores en la CDMX.

FUENTE: EL UNIVERSAL

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